Descripción
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El objeto del contrato es la redacción del proyecto de construcción de las pantallas acústicas previstas en los Mapas estratégicos y Planes de acción contra el ruido de fases I y II en la denominada Área 3C, zona Este que afecta a varios municipios de las provincias de Barcelona y Tarragona. La aprobación provisional de la maqueta del proyecto constructivo redactado se produce en julio de 2021, iniciándose el proceso de información pública de bienes y derechos afectados. Así mismo, se remitieron los documentos informativos a los Ayuntamientos y a la Consejería competente en materia de urbanismo, en septiembre del mismo año, atendiendo al cumplimiento del art 7.3 de la Ley del Sector Ferroviario. Resultado, tanto de la Información pública de bienes y derechos afectados, como del documento informativo derivado del art. 7.3 de la Ley del Sector Ferroviario, buena parte de las Corporaciones municipales afectadas, han trasladado nuevas consideraciones respecto a la tipología, dimensiones y naturaleza de las pantallas diseñadas, así como su encaje en la trama urbana, persiguiendo, además de la eficacia acústica, una mayor integración paisajística y visual. Como quiera que estas propuestas diferían de las contempladas en el proyecto y, en algún caso, se desconocía su eficacia y posible aplicación alternativa como medida de atenuación del ruido, se suspendió el contrato con carácter total y temporal con fecha 10 de noviembre de 2021. Desde esta fecha se han venido produciendo distintas actualizaciones en la normativa sectorial de aplicación y en el método de trabajo para los proyectos acústicos, aspectos que condicionan por completo las soluciones antes proyectadas, destacando: - El Real Decreto 470/2021 que aprueba el Código Estructural y que implica nuevos parámetros de diseño en la estructura soporte y las cimentaciones de las pantallas. - Las órdenes PCI/1319/2018, de 7 de diciembre y PCM/80/2022, de 7 de febrero, de aplicación del método Cnossos EU que suponen un nuevo proceso de trabajo en la modelización acústica. - La nueva NAG 4-0-0.1, de enero de 2023, con una metodología para estudios acústicos con nuevos estándares de cumplimiento en los objetivos de calidad acústica de aplicación. Con base en estas referencias normativas, se hacía necesario rehacer los trabajos acústicos anteriores, para conocer las dimensiones de las nuevas pantallas acústicas necesarias y redefinir su eficacia, motivo por el cual, se procedió al levantamiento de la Suspensión con fecha 13 de febrero de 2024, para continuar con el nuevo desarrollo del Contrato. Este conjunto de tareas de marcada temática acústica se ha realizado mediante el Modificado nº 1, aprobado con fecha 18 de abril de 2024 y un plazo de 5 meses. Estos trabajos ya se encuentran realizados. Las propuestas derivadas de estas nuevas modelizaciones y dimensionamiento acústico se han informado a las diferentes Corporaciones municipales afectadas, mediante reuniones presenciales monográficas y específicas para cada Ayuntamiento, de las que ha resultado una línea de trabajo consensuada y aceptada entre las partes para el diseño y definición de las protecciones acústicas. Las nuevas tareas por realizar se centrarán en la adaptación del proyecto constructivo existente, redactado entre los años 2019 y 2021, que debe ser la base de contenido técnico de partida, precisando su oportuna actualización y encaje con la normativa e instrucciones de aplicación vigentes. Estas tareas han partido del nuevo dimensionamiento acústico de las pantallas resultantes, abordado en el Modificado nº 1, persiguiendo la completa definición constructiva, adaptando su diseño al nuevo Código estructural, y actualizando aspectos como la valoración de servicios afectados, el diseño de drenaje, necesidades de ocupación de suelo y nueva información pública de bienes y derechos afectados, adecuación a las Especificaciones Técnicas de Interoperabilidad (ETI) e Instrucciones Ferroviarias de los Subsistemas de Infraestructura y Energía (IFI e IFE), así como la generación de los pertinentes planos, un nuevo presupuesto y pliego de prescripciones, entre otros aspectos. Asimismo, la necesidad de ensayos geotécnicos en el caso de tramos nuevos de pantalla. Este conjunto de trabajos de actualización no forma parte de los recogidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares del contrato y su realización, supone un aumento en el plazo del mismo.