Descripción de las modificaciones
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La Autoridad Portuaria de Tarragona ha convocado concurso público con el objeto de seleccionar la mejor oferta para la posterior tramitación y otorgamiento de una concesión administrativa destinada a la construcción y explotación de un sistema de mecanizado mediante cintas en el muelle de Aragón-Este del Puerto de Tarragona, con una superficie máxima de 4.930 m², publicado en el BOE núm. 56 de 6 de marzo de 2025 El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Tarragona en su sesión celebrada 30 de abril de 2025, corrigió errores incurridos en el pliego de Bases y de Condiciones del antedicho concurso, acordando: 1.- Modificar el error de hecho incurrido en la Base Nº2 del Pliego de Bases y la Condición particular Nº2 del Pliego de Condiciones del concurso para la instalación de un sistema de mecanización mediante cintas en el muelle de Aragón-Este del Puerto de Tarragona, aprobado por Consejo de Administración en su sesión de 26 de febrero de 2025. Por lo tanto, en la Base nº2 donde dice: «Base nº2 ámbito de la concesión El ámbito de la concesión será definido de acuerdo con la ocupación del proyecto básico presentado en el concurso por el licitador que resulte adjudicatario. Se encontrará, en todo caso, dentro de la zona terrestre definida como ámbito máximo posible de ocupación de la concesión, ubicada en el Muelle de Aragón-Este, con una superficie total de 4.930 m2, definida según el plano incluido en el ANEXO 4. El ámbito máximo de ocupación o ámbito de superficies concesionables estará formado por dos zonas anexas entre sí: Área en la zona de transición del muelle de Aragón: parcela rectangular 10 m de ancho y 267,86 m de largo en dirección paralela al cantil del muelle, entre un lado ubicado a 21 m de la actual nave Aragón 1 y la proyección perpendicular al muelle del noray 23. El lado de la parcela más alejado del muelle se separa 3 m de la vía de ferrocarril existente, en el punto más cercano a la vía. Definida de esta forma, la parcela de 10 m de ancho se separa del cantil del muelle aproximadamente 60,3 m, si bien el parámetro de referencia para su definición es el distanciamiento mencionado de la vía de ferrocarril.» Debe decir: «Base nº2 ámbito de la concesión El ámbito de la concesión será definido de acuerdo con la ocupación del proyecto básico presentado en el concurso por el licitador que resulte adjudicatario. Se encontrará, en todo caso, dentro de la zona terrestre definida como ámbito máximo posible de ocupación de la concesión, ubicada en el Muelle de Aragón-Este, con una superficie total de 11.132,86 m2, definida según el plano incluido en el ANEXO 4. El ámbito máximo de ocupación o ámbito de superficies concesionables estará formado por dos zonas anexas entre sí: Área en la zona de transición del muelle de Aragón: parcela rectangular 33,333 m de ancho y 267,86 m de largo en dirección paralela al cantil del muelle, entre un lado ubicado a 21 m de la actual nave Aragón 1 y la proyección perpendicular al muelle del noray 23. El lado de la parcela más alejado del muelle se separa 3 m de la vía de ferrocarril existente, en el punto más cercano a la vía. Definida de esta forma, la parcela de 33,33 m de ancho se separa del cantil del muelle aproximadamente 37 m, si bien el parámetro de referencia para su definición es el distanciamiento mencionado de la vía de ferrocarril.» Y en la Condición particular Nº2 donde dice: «Condición 2º ámbito espacial de la concesión El alcance del Dominio Público de la concesión comprenderá el área establecida dentro del ámbito máximo de 4.930 m2 fijado en la base correspondiente del pliego de bases del concurso que el concesionario haya indicado en su propuesta, una vez validada esta y confirmada por los servicios técnicos de la Autoridad Portuaria de Tarragona.» Debe decir: «Condición 2º ámbito espacial de la concesión El alcance del Dominio Público de la concesión comprenderá el área establecida dentro del ámbito máximo de 11.132,86 m2 fijado en la base correspondiente del pliego de bases del concurso que el concesionario haya indicado en su propuesta, una vez validada esta y confirmada por los servicios técnicos de la Autoridad Portuaria de Tarragona.» 2.- Ampliar el plazo para la presentación de propuestas para participar en el concurso anteriormente establecido para el 16 de mayo de 2025, hasta las 14h del día 25 de junio de 2025. 3.- Modificar la fecha de apertura del sobre número dos por la Mesa de Licitación, anteriormente establecido para el día 2 de junio de 2025 a las 9:00 horas, pasando a realizarse el próximo 27 de junio de 2025. Se significa que contra esta resolución, que agota la vía administrativa, puede interponerse recurso potestativo de reposición, de conformidad con lo previsto en los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ante el mismo órgano que ha dictado el acto impugnado, en el plazo de un mes desde su publicación; o bien puede interponerse recurso contencioso administrativo, de conformidad con lo previsto en el artículo 123 de la citada Ley y el artículo 8.3, párrafo segundo, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses desde su publicación, sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que se estime procedente.