Conflicto de intereses debido a su participación en el procedimiento de contratación
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Concluido el plazo de presentación de proposiciones, y conocidos losparticipantes en el procedimiento, se procederá a efectuar el análisissistemático y automatizado del riesgo de conflicto de interés de acuerdocon el procedimiento establecido en la Orden HFP/55/2023, de 24 deenero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto deinterés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación,Transformación y Resiliencia, a los empleados públicos y resto depersonal al servicio de entidades decisoras, ejecutoras e instrumentalesque participen, de forma individual o mediante su pertenencia a órganoscolegiados, en los procedimientos de adjudicación de contratos.Si una vez realizado el cruce de datos, se comprueba que no existeinformación sobre riesgo de conflicto de interés respecto de algúnparticipante, por tratarse de una entidad sobre la cual no se dispone dedatos, se procederá por parte del órgano de contratación a solicitar ala citada entidad la información de su titularidad real, que deberá seraportada en el plazo de cinco días hábiles desde que se formule lasolicitud de información. La no aportación de la citada información elplazo señalado, será motivo de exclusión del procedimiento en el queesté participando la entidad.Asimismo, en este momento, deberán firmar electrónicamente las DACI(anexo XII) los participantes en los procedimientos de contratación, enconcreto, el órgano de contratación unipersonal y miembros del órgano decontratación colegiado, así como miembros del órgano colegiado deasistencia al órgano de contratación que participen en losprocedimientos de contratación en las fases de valoración de ofertas,propuesta de adjudicación y adjudicación del contrato.Si la persona afectada por la identificación de un riesgo de conflictode interés, concretado en una bandera roja, alegara de forma motivada,ante su superior jerárquico, que no reconoce la validez de lainformación, deberá ratificar su manifestación de ausencia de conflictode interés, mediante la firma, en ese momento, de una nueva DACI, cuyaredacción reflejará debidamente la situación planteada y la ausencia deconflicto de interés, según modelo del anexo XII bis.