Descripción
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El contrato 3.23/27507.0200 SERVICIOS DE ASISTENCIA TECNICA PARA EL CONTROL Y VIGILANCIA DE LAS OBRAS DEL PROYECTO CONSTRUCTIVO PARA LA IMPLANTACIÓN DEL ESQUEMA 4+4+2 EN LA ESTACIÓN DE ATOCHA CERCANÍAS, está financiado con fondos MRR y presta servicios de asistencia técnica y control y vigilancia de las obras del siguiente contrato: - “EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DEL PROYECTO CONSTRUCTIVO PARA IMPLANTACIÓN DEL ESQUEMA 4+4+2 EN LA ESTACIÓN DE ATOCHA CERCANÍAS. EXP. 3.23/27507.0190” Desde el 1 de abril de 2024, el Plan BIM en la Contratación Pública obliga a la producción de modelos para aquellos contratos ligados a obras con un Valor Estimado (V.E.) superior a 5.538.000 €. Debido a esto, ha surgido la necesidad de establecer un modelo unificado para la Estación de Atocha, tanto en el ámbito de cercanías como el de Alta velocidad, ya que en el entorno de la obra a la que presta servicio el contrato objeto del presente informe, se encuentra también en ejecución los siguientes contratos, en los cuales se considera la implantación de modelos BIM: - Ejecución de las obras del Proyecto "Nuevo complejo ferroviario de la Estación de Atocha (Madrid). Proyecto constructivo de la Fase 2. Estación Pasante". EXP. 3.23/20830.0127. - Obras de ejecución del proyecto aparcamiento (P3) provisional, desmontable y reutilizable, en la estación de Madrid Puerta de Atocha. EXP. 3.22/30820.0008. - Obras de Ejecución de los Proyectos del Nuevo Complejo Ferroviario de la Estación de Atocha (Madrid): Proyecto Constructivo de la Fase 2. Accesos a la Marquesina Histórica desde la Glorieta de Carlos V y Proyecto Constructivo de la Fase 2. Acondicionamiento de La Marquesina Histórica. EXP. 3.21/30820.0055. - Obras de ejecución de los proyectos del nuevo complejo ferroviario de la estación de Atocha (Madrid):"Proyecto constructivo de la fase 2, habilitación de nueva zona de venta de billetes" y "Proyecto constructivo de la fase 2, habilitación de nueva comisaría de policía". EXP. 3.23/30820.0016. - Obras de ejecución del proyecto de construcción de ampliación de dos vías y un andén de la Estación Puerta de Atocha- EXP. 3.22/20830.0312. Como resultado es necesario añadir nuevos perfiles a los inicialmente contratados para la realización de los trabajos de metodología BIM definidos en los anejos nº 1 y nº 2 del presente documento, definiéndose tres (3) nuevos precios: - PN-001. Responsable BIM. Técnico universitario nivel 2 del MECES o nivel 6 del EQF, con experiencia mínima de 5 años y con un mínimo de tres años de experiencia trabajando en proyectos con metodología BIM o 2 años de experiencia y máster específico acreditable. - PN-002. Coordinador BIM/Coordinador BIM de disciplinas. Técnico universitario nivel 2 del MECES o nivel 6 del EQF, con experiencia mínima de 2 años trabajando en proyectos con metodología BIM o 1 año de experiencia y máster específico acreditable. - PN-003. Modelador BIM. Técnico, con experiencia mínima de 5 años y con un mínimo de 1 año de experiencia trabajando en proyectos con metodología BIM o formación específica BIM acreditable Además, debido a esta circunstancia, que da como necesidad trabajar durante el plazo vigente de ejecución de la obra en el modelado BIM, para aquellos trabajos del Modelo “As Built” una vez finalizado la obra es necesario aumentar el plazo de ejecución del presente contrato. Por ello, es necesario una ampliación del plazo de ejecución del presente contrato de cuatro meses. Como resultado de esta ampliación de plazo para los trabajos del modelo “As built” BIM es necesario realizar un ajuste de mediciones en los siguientes precios: - P-1. Jefe de Unidad Infra. y Vía. Titulado Superior > 10 años de experiencia. - P-2. Técnico Especialista en Infra. y Vía. Titulado Medio > 10 años de experiencia. - P-3. Técnico Especialista en electrificación y LAC. Titulado Medio > 10 años de experiencia. - P-4. Técnico de Interoperabilidad, Gestión de Riesgos (402) y Puestas en servicio. Titulado Medio > 5 años de experiencia. - P-11. Medios Materiales Todas estas modificaciones propuestas cumplen el apartado 1 b) del artículo 205 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, limitándose a introducir las variaciones estrictamente indispensables para responder a las causas objetivas que las hacen necesarias. Se consideran modificaciones debidas a causas sobrevenidas, conforme al supuesto b) del artículo 205.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: Cuando la necesidad de modificar un contrato vigente se derive de circunstancias sobrevenidas y que fueran imprevisibles en el momento en que tuvo lugar la licitación del contrato, siempre y cuando se cumplan las tres condiciones siguientes: “1.º Que la necesidad de la modificación se derive de circunstancias que una Administración diligente no hubiera podido prever.” • La modificación propuesta cumple esta condición ya que no se podía prever la necesidad de realizar trabajos con metodología BIM generada por la entrada en vigor del Plan BIM en la contratación Pública, de la que deriva la necesidad de incorporar tres (3) precios nuevos y la modificación en la medición de los perfiles y medios materiales necesarios para la realización de estos trabajos. “2.º Que la modificación no altere la naturaleza global del contrato.” • La modificación planteada cumple con esta condición ya que no altera la naturaleza del contrato, que es la prestación del servicio de asistencia técnica y control y vigilancia de las obras. La inclusión de los tres (3) precios nuevos y la modificación de mediciones no implica un cambio significativo que altere en modo alguno la naturaleza del contrato. “3.º Que la modificación del contrato implique una alteración en su cuantía que no exceda, aislada o conjuntamente con otras modificaciones acordadas conforme a este artículo, del 50 por ciento de su precio inicial, IVA excluido.” condición cuyo importe supone un 25,07 %