Descripción
:
El contrato incluye los trabajos de apoyo a las funciones de evaluación y gestión de la Calidad del Aire de la CARM, conforme a la normativa vigente, en particular, la gestión de los datos de calidad del aire, la detección de posibles incidencias y fallos en los equipos que conforman la RCA a través del análisis de los datos recibidos, el seguimiento de las concentraciones de los distintos contaminantes, la recopilación y preparación de la información relativa a la calidad del aire para el intercambio de información entre administraciones públicas, la gestión del portal de calidad del aire para la información al público, la elaboración de informes relativos a la calidad del aire, la activación de protocolos ambientales o planes de acción a corto plazo por episodios de contaminación en tiempo real, así como las actuaciones pertinentes derivadas ante situaciones episódicas de contaminación, incluido las guardias de servicio, entre otros aspectos, disponiendo para ello del Sistema de Gestión de Datos de la CARM. Para ello, la empresa adjudicataria deberá contar con los medios materiales e infraestructuras necesarias, así como con la plantilla de técnicos y expertos que permitan dar cumplimiento a las labores descritas en el PPTP. El alcance de los trabajos, de conformidad con lo establecido en el PPTP, deben ser considerados sin carácter limitativo, a posibles cambios, modificaciones o ampliación de equipos, estaciones y/o instalaciones que conforman la RCA de la CARM o a nuevas obligaciones generadas en el ámbito competencial de la DG de Medio Ambiente, debido a la entrada en vigor de nueva normativa reguladora en la materia objeto del contrato o bien por la aprobación de otros instrumentos como pueden ser planes de acción a corto plazo, planes de calidad del aire, etc.: Relación de los trabajos: Los principales trabajos a desarrollar, entre otros, a nivel básico, son: 1. Tareas relativas a la Evaluación de la Calidad del Aire de la CARM. 1.1 Validación técnica diaria, mensual, trimestral y anual de los datos de la RCA. 1.2 Gestión de las bases de datos de Calidad del Aire. 1.4 Seguimiento, recopilación, procesado y validación de los datos procedentes de los Laboratorios de Ensayo y elaboración de los informes. 1.5 Implementación y uso de Inteligencia Artificial (IA) para la validación de datos, para la detección de anomalías, derivas o datos no representativos de la RCA. 1.6 Recopilación y preparación de la información para el intercambio de información entre administraciones públicas. 2. Activación, gestión y seguimiento de los protocolos y Planes de Acción a Corto Plazo (PACPRM). 3. Atención y gestión ante episodios de contaminación, según alertas por intrusión de polvo sahariano, ozono, etc.., por superaciones de umbrales y difusión pública de los avisos y alertas. 4. Gestión del portal web de calidad del aire de la CARM, incluyendo las modificaciones, ampliaciones y mejoras informáticas del portal web, así como la solución de las incidencias informáticas que este pueda presentar. 5. Elaboración de informes relativos al tratamiento de los datos de la RCA, así como la elaboración de otros informes (sobre incidencias de equipos de la RCA acontecidas, valores anormales de parámetros registrados, informe resumen de superación, etc.). 6. Elaboración de informes relativos al estado de la Calidad del Aire de la CARM, por periocidades, por situaciones episódicas, fenómenos meteorológicos, etc.. (cuatrimestrales, preevaluaciones, evaluaciones finales anuales, por episodios de contaminación, campañas indicativas de medición mediante ud. móvil, etc..), así como cualquier otro informe relativo tanto al pronóstico como el estado de la Calidad del Aire en la CARM. 7. Explotación y gestión de los datos una vez validados, mediante el análisis y estudios de contaminantes, evaluación de la calidad del aire, exportación de datos al Ministerio o a cualquier organización o persona que los solicite (previo consentimiento de la DGMA). 8. Auditorías externas e internas de los procedimientos y especialmente del protocolo de validación de datos. 9. Soporte técnico continuo en materia de Calidad del Aire a la Dirección General de Medio Ambiente así como todos aquellos trabajos complementarios que sean necesarios para el cumplimiento de la normativa vigente en la materia.